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Conceptos y recargos básicos en el flete marítimo

· O/F (Ocean Freight)

Es el flete oceánico “puro”, sin incluir ningún recargo. Es el servicio de transporte, generalmente de “puerto a puerto”. En FCL solemos tener un coste por tipo de contenedor mientras que en LCL el precio suele estar expresa en USD/Ton.

· BAF (Bunker Adjustment Factor)

Es el recargo aplicado para corregir las fluctuaciones del precio del combustible.

· CAF (Currency Adjustment Factor)

Es el recargo aplicado para cubrir las posibles variaciones del cambio de divisa. Se cotiza como porcentaje que se aplica sobre el flete y todos aquellos recargos en divisa.

· Banking charge (Quebranto bancario)

Tanto en FCL como en LCL, se aplica un 1% sobre el flete y todos los recargos cotizados en USD.
El BAF y el CAF son recargos del flete que cambian frecuentemente y que van asociados a ese flete en  concreto, es decir, a un puerto de origen y un puerto de destino. En muchos casos nos podemos encontrar junto a ellos la mención VATOS (valid at time of shipment) que significa, con independencia del precio, que a modo indicativo conste en la cotización del transitario, éste facturará el precio al que estén en el momento del envío, generalmente la date on board (fecha de embarque).

Otros recargos del flete marítimo:

· EBS (Emergency Bunker Surcharge)/ BRC (Bunker Recovery Cost)/ BUC (Bunker Contribution)

Se trata de recargos de “emergencia” relacionados con el combustible, que aplican las navieras para cubrir gastos extra relacionados con este concepto.

· SCT (Suez Canal Transit)

Recargo aplicable a mercancías que transitan a través del Canal de Suez.

· PCS (Panamá Canal Surcharge)

Recargo aplicable a mercancías que transitan a través del Canal de Panamá.

· Adén (Aden Gulf Surcharge)

Recargo aplicable como consecuencia de los ataques de piratería en el Golfo de Aden a los barcos que por él transitan.

· CSF (Carrier Security Fee) / SEC (Security Surcharge)

Recargo de seguridad que se cobra en los puertos. 
Recargos “temporales” en el flete marítimo:

· WRS (War Risk Surcharge)

Es un recargo del flete que se aplica cuando la ruta del barco discurre por zona en conflicto bélico o con alto riesgo de que se declare.

·  WS (Winter Surcharge)

Recargo que aplica durante la temporada de invierno para cubrir gastos extras en que incurren los puertos debido a condiciones meteorológicas adversas.

·  Port Congestion

Recargo aplicado por las líneas marítimas para cubrir las pérdidas causadas por la congestión y el tiempo de inactividad de los buques. También puede resultar aplicable en caso de congestión producida por conflictos laborales.

· PSS (Peak Season Surcharge)

Recargo aplicado por las navieras durante la temporada alta, según el tipo de tráfico. Por ejemplo, en las importaciones desde China, se suele aplicar desde varias semanas antes del Año Nuevo Chino y hasta varias semanas tras su finalización.

· GRI (General Rate Increase)/ GRR (General Rate Restoration)/ ERR (Emergency Rate Restoration)

Recargos de “emergencia”, aplicados por las líneas para recuperar los niveles de los fletes.
 Recargos según características de la mercancía o su origen/destino:


· OWS (Overweight Surcharge)

Recargo que es cobrado por las navieras por transportar contenedores pesados. Aplica a los equipos de 20′  y su importe se fija a criterio de cada naviera.

· OOG (Out of Gauge)

Recargo para cargas fuera de las dimensiones de un contenedor normal en anchura y/o altura. Se aplica principalmente para contenedores open top y flat rack.

· SEP (Special Equipment Surcharge)

Recargo que se incorpora al flete de los equipos estándar dry, para obtener el flete de equipo espacial (open top y flat rack, normalmente).

· ICD (Inland Container Depot)

También conocidos como “puerto seco”, los ICD son depósitos equipados para la manipulación y almacenamiento temporal de mercancías. El uso de estos depots es muy habitual en países como India y permite a los clientes de las zonas de interior que se encuentran alejados del puerto, realizar servicios portuarios de forma cómoda y rápida, y en un área cercana a sus propias instalaciones.

· IMO (International Maritime Organization)

Recargo aplicado para embarques de mercancía peligrosa (link a posible post sobre IMO’s?)

· CDD (Cargo Data Declaration)/ ENS (Entry Summary Declaration)

Son los recargos correspondientes a la presentación de declaraciones de los detalles del embarque para cualquier tipo de mercancía con destino la Unión Europea.

· AMS (Automated Manifest System)

Es el sistema de control  y autorización previa de mercancías con destino Estados Unidos (o con transbordo en dicho país). Así, el AMS se refiere al recargo correspondiente por la presentación electrónica de la declaración a las autoridades americanas. Sin dicha autorización previa, no puede embarcarse la mercancía.
En el caso de FCL los recargos mencionados anteriormente se aplican en su gran mayoría  por contenedor o por TEU.
En caso de LCL, tanto el flete como recargos se aplican en su gran mayoría por ton/m3 o, lo que es lo mismo, por W/M o W/V.  Esto lo explicamos en el post sobre el cálculo del peso tasable.
Los recargos referidos a la presentación de declaraciones (CDD / ENS / AMS) se aplican por B/L, tanto en caso de FCL como LCL.
Actualmente es frecuente que tanto las líneas marítimas como los transitarios, ofrezcan fletes “all-in”, es decir, un precio cerrado por contenedor o ton/m3 (según FCL o LCL), que incluye el flete y recargos principales.



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